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Lugar: Registro General del Ayuntamiento.

Documentación:
** SOLICITUD POR INTERÉS PÚBLICO** (descargar)

**Orden de 13 de diciembre de 2017, de la Consejería de Presidencia y Fomento, de aprobación de la Instrucción sobre el régimen de autorización excepcional por interés público regulado en la Ley 13/2015, de 30 de marzo, de Ordenación Territorial y Urbanística de la Región de Murcia** (Descargar)

Corrección de error en la Orden de 13 de diciembre de 2017, de la Consejería de Presidencia y Fomento, de aprobación de la Instrucción sobre el régimen de autorización excepcional por interés público regulado en la Ley 13/2015, de 30 de marzo, de Ordenación Territorial y Urbanística de la Región de Murcia.

 

- Emplazamiento de la finca en que se pretende construir, reflejado en un plano de situación referido al vigente Plan General de Ordenación Urbana, a escala 1:10.000.
- Plano topográfico, a escala mínima 1:5.000, en el que se expresen los siguientes términos:
a) Situación de la finca con precisión
b) Extensión de la finca
c)Todas las edificaciones 7/o instalaciones (especificando el uso a que se destinan), vallados, cerramientos, etc, que se circunscriban en un circulo de radio igual a 100 metros y con eje en el punto donde se pretende edificar, indicando la distancia existente entre aquélla y ésta.
- Plano de emplazamiento, a escala adecuada, en el que expresen los siguientes términos:
1)Ocupación de la edificación que se pretende proyectar, indicando la distancia que ésta guarda a linderos.
2) Planos de planta y sección (sólo envolventes) de la edificación pretendida a escala mínima 1:100, en el que se expresen los siguientes términos:
a) Altura máxima
b) Superficie Construida y ocupada
C) Programa y usos
d) Presupuesto de ejecucíón material

- Escritura de la finca.
- Nota simple con descripción completa de la finca, emitida por el Registro de la Propiedad de Caravaca de la Cruz.

DESCRIPCIÓN: Tramitación Autorizacíon excepcional por interés público, según lo establecido en los artículos 95, 101.4 Y 104 Ley 13/2015, de 30 de marzo, de ordenación terrritorial y urbanística de la Región de Murcia, Orden de 13 de diciembre de 2017, de la Consejería de Presidencia y Fomento, de aprobación de la Instrucción sobre el régimen de autorización excepcional por interés público regulado en la Ley 13/2015 (y modificaicones sucesivas), Directrices y Plan de Ordenación Territorial del Suelo Industrial de la Región de Murcia, y Directrices y Plan de Ordenación Territorial de la Comarca del Noroeste de la Región de Murcia, art. 44.2 del Reglamento de Gestión Urbanística y el art. 4.2 de las Ordenanzas de la Edificación del vigente Plan General de Ordenación Urbana, ante el Organo competente de la Comunidad Autónoma, para la obtención de la AUTORIZACIÓN PREVIA a la presentación del correspondiente proyecto de edificación y/o instalación.
Documentación a aportar en el Registro General del Ayuntamiento.
Es una autorización que se otorga con carácter excepcional por el Ayuntamiento para poder construir en el suelo rústico no protegido edificaciones de uso turistico , deportivo, comercial o industrial no destinadas al uso agrícola, y cuyo emplazamiento no desvirtue el entorno ni el paisaje, por ejemplo salones de celebraciones enclavados en haciendas tradicionales, restaurantes y hoteles de tipo rustico, campos de golf y otras instalaciones deportivas , plantas de creación de enegía eléctrica , gaseoductos, etc.
Comprende:

- Tramitación Vivienda Unifamiliar.
- Tramitación de Ampliación.
- Tramitación de Instalación.
- Tramitación Cambio de Uso.

OBSERVACIONES: En el caso de que la actuación pretendida se ubique a una distancia igual o menor a 100 metros de cualquier cauce de aguas (ríos, ramblas, etc.)dependiente de la Confederación Hidrógrafica del Segura, deberá aportarse plano acotado que incluya la construcción y/o instalación y los márgenes del cauce, con un perfil transversal por el punto de emplazamiento de la construcción y/o instalación más próximo al mismo, en el que queden reflejadas las posibles zonas exentas de edificios.

La documentación a aportar deberá estar firmada por el peticionario o técnico competente y por duplicado.

EN EL ARCHIVO ADJUNTO SE ENCUENTRAN LOS DOS MODELOS DE SOLICITUD